sábado, 26 de mayo de 2012

EFICACIA DEL DERECHO

EFICACIA DEL DERECHO


En general, la eficacia del derecho se refiere a los efectos de las normas, esto quiere decir a la aplicación de su contenido y al cumplimiento de estas.

De manera que el derecho será eficaz si consigue de cierta forma controlar el comportamiento humano




En el momento de expedir una ley, es decir, de tomar una decisión legislativa, esta será juzgada como eficaz, si el resultado de ella es logrado con un mínimo de medios, o si con esos medios se de un grado máximo de realización del resultado.


Dos funciones especificas del derecho en términos de eficacia:

Al hablar de eficacia instrumental y simbólica, como García lo decía en su lectura, en el Estado Social, la eficacia esta acordada no solo por la lógica interna y instrumental del derecho, si no también por razones fundamentales, que condicionan la creación y aplicación de esas normas.

La eficacia simbólica viene de que las normas son símbolos que crean, simbolizan y regulan algunas realidades.



Los objetivos detrás de la eficacia simbólica, la idea de interés general aunque no sepamos que es, creemos y estará mal visto estar en contra de este interés general. Es un mito para poder pensar en el derecho como un transformador de nuestros comportamientos.

El derecho como visión tradicional tiene como función una herramienta como encaminar y delimitar el comportamiento de la gente, que esta bien y que esta mal hecho en la sociedad. Incluso Kelsen, el mas positivista, diría que la incidencia social del derecho es mas importante que la justicia del mismo. Como herramienta de definición de los comportamientos sociales; la eficacia de la norma es mas importante que la justicia del contenido de la norma.

Es claro que el derecho no podrá someter a su dominio cada una de las cosas que pasan a su alrededor, sean acciones u omisiones, lo cual conocemos como eficacia instrumental, pero lo que s puede hacer es asegurar la manera de controlar el comportamiento desde un punto de vista de la realidad, de lo justo y lo injusto, lo que es nuestro y lo que les pertenece a las otras pertenecen.

se está haciendo referencia a una “cualidad” o “propiedad” (lo que es propio de algo). Las normas tienen la propiedad de verificarse empíricamente a partir de la observación de la conducta, carecería de absoluto sentido, y el Derecho no existiría como tal, si las normas no se cumplieran.

Por eso, la efectividad de las normas tienen la propiedad de ser observadas si hay correspondencia entre la conducta y lo que la norma prescribe, si hay cumplimiento entonces hay efectividad.  Debemos anotar que el cumplimiento de las normas es cuestión de enorme importancia, de ahí que exista una caracterización pormenorizada de los distintos tipos de cumplimiento:

a)Por correspondencia simple (se observa la norma sin conocimiento  de la misma,


b)Por obediencia (existe un conocimiento de  la norma,

      c)Por aceptación. Esta última nos parece que es la fundamental en la medida que está motivada por causas, y admite tres variantes. Obediencia por convencimiento (su causa es la ideología), obediencia por temor (su causa es la amenaza a recibir una sanción), y, finalmente, la obediencia por conveniencia (su causa es un interés, un cálculo).

El tema de la efectividad del Derecho nos remite al problema propiamente de la Sociología Jurídica: la hegemonía política dado que la “producción de conductas”  no es lo que privilegia el sociólogo en su trabajo, sino también y de suyo obligado, la “producción ideológica”, el ámbito de la conciencia de los sujetos sociales.

         Así pues, la hegemonía política en tanto que se expresa en un discurso jurídico – aunque no solamente - , es el objeto de la Sociología Jurídica, el porqué es así, se debe a que la formulación jurídica tiene un poder para constreñir (las normas obligan o prohíben, si dejamos de lado “conductas difusas”) de una manera tan “explícita” que no tiene ningún otro discurso, ya sea ideológico, político, filosófico o religioso, a excepción del científico pero su ámbito de especificación está muy bien delimitado.

No hay comentarios:

Publicar un comentario