sábado, 26 de mayo de 2012

EL DERECHO NATURAL Y EL DERECHO POSITIVO

El IUSNATURALISMO O DERCHO NATURAL


Es una teoría ética y un enfoque filosófico del derecho que postula la existencia de derechos del hombre fundados en la naturaleza humana, universales, anteriores al ordenamiento jurídico positivo y al derecho fundado en la costumbre o derecho consuetudinario. Véase fuentes del derecho


Las teorías sobre el Derecho natural o la ley natural tienen dos vertientes analíticas principales relacionadas. Por una parte, una vertiente ética y, por otra, una vertiente sobre la legitimidad de las leyes.



La teoría ética del Derecho natural o de la ley natural parte de las premisas de que los humanos son racionales y los humanos desean vivir y vivir lo mejor posible. De ahí, el teórico del Derecho natural llega a la conclusión de que hay que vivir de acuerdo con cómo somos, de acuerdo con nuestra naturaleza humana. Si no lo hiciésemos así nos autodestruiríamos.

Pese a ello, eso no quiere decir que toda teoría del Derecho natural conduzca, necesariamente, a que hay una sola forma de vida correcta para los seres humanos. Y, en consecuencia, el Derecho natural no sería un conjunto único de normas que no tolera la diversidad en el significado de "vivir lo mejor posible".
DERECHO POSITIVO
El concepto de derecho positivo está basado en el positivismo, corriente de pensamiento jurídico que considera al derecho como una creación del ser humano. El hombre crea el derecho, las leyes (siendo estas la voluntad del soberano) crean Derecho.


Al contrario del Derecho natural, según el cual el derecho estaba en el mundo previamente, y el ser humano se limitaba meramente a descubrirlo y aplicarlo en todo el sentido de la palabra


Diferentes significados de la palabra derecho.

La palabra derecho proviene del vocablo latino "directum" que significa en su primer origen, "lo que es bien dirigido" o "lo que no se aparta del buen camino". algunas definiciones de la palabra derecho son:
Derecho.-conjunto de normas jurídicas, creadas por el poder legislativo para regular la conducta externa de los hombres en sociedad.

Derecho.-sistema de normas principios e instituciones que rigen, de manera obligatoria, el actuar social del hombre para alcanzar la justicia, la seguridad y el bien común.

Derecho.-conjunto de normas bilaterales, heterónomas, coercibles y externas que tienen por objeto regular la conducta humana en su interferencia ínter subjetiva.

Derecho.-conjunto de normas jurídicas que se aplican exclusivamente a los hombres que viven dentro de una sociedad.


 Derecho Positivo: es el creado o reconocido por el estado a través de sus órganos, imponiéndolo de esta manera a una sociedad.
Derecho Natural es el conjunto de principios que emanan de la naturaleza humana y que organizan de modo fundamental la convivencia humana".


El Derecho Positivo es palpable (está escrito), pero por sobre éste está el Derecho Natural que existe antes que el legislador y el jurista.
El Derecho Natural posee validez y eficacia jurídica por sí mismo, en tanto que la validez del Derecho Positivo depende de una norma legal vigente.


Ejemplos:
Derecho natural: derecho a la vida
Derecho positivo: derecho a ser defendido por un abogado en un juicio




El derecho natural es quien tiene esa postura se han llegado a cometer errores garrafales como el genocidio de la segunda guerra mundial en donde los nazis lo que hacían era legal en su derecho.
El ius naturale o derecho natural, emana intrísecamente de la razón humana, no se necesita que se reconozca por el estado, porque existe por si, como el derecho a la vida, libertad, igualdad, es un derecho con valores mientras que el otro es un tanto despersonalizado, porque sólo lo que determine la ley es derecho y aqui lo que diga la razón humana, saludos y espero te haya servido, que estés bien.

El derecho natural es aquel que se posee solo por el hecho de ser humanos.
El derecho a la vida. Basicamente es una propuesta de la Iglesia en la Edad Media, que decian que todas las normas estaban regidas a partir de los mandatos divinos.

El derecho positivo es que el promulgado por los Organismos especializados (camaras de diputados o senados) y que cobra vigencia aunque a veces no se aplique

El derecho natural es el derecho emanado de la doctrina que considera la existencia de un ser superior que rige las relaciones humanas y del cual emanan las normas básicas de la convivencia, quien tiene espíritu de justicia, aunque este pensamiento no es compartido por todos los partidarios de la existencia de un derecho natural, existe una corriente de pensamiento que considera que el derecho natural procede de la misma naturaleza humana, que determina ciertas normas básicas que son inmutables y que toda norma que no esté de acuerdo con ella, resulta no aplicable en las relaciones sociales.
El derecho positivo es el derecho vigente, es decir el que determina la legislación mediante normas emanadas de autoridad competente.
En consecuencia, toda norma dictada por la autoridad, por mas dura o injusta que parezca, debe acatarse, no reconociendo una superioridad mayor en el plexo normativo que aquella ley que se encuentra en la cúspide de la piramide juridica, o ley básica o primer ley, que para un pais democrático seria la Constitución Nacional
En esta medida el derecho positivo sería el derecho (conjunto de normas, prácticas, instituciones) cuya existencia se puede comprobar por medio de los sentidos a partir de la verificación de ciertos fenómenos:
a.) ciertos actos de creación e imposición de normas (por seres humanos que se consideran autorizados para ello).
b.) ciertos actos de reconocimiento y obediencia de esas normas (por personas que se sienten obligadas por tales normas) y,
c.) ciertos actos de aplicación y ejecución de esas normas (por seres humanos que se comportan de conformidad con tales normas y las hacen cumplir así sea por la fuerza).
El derecho positivo es un derecho que existe solamente porque los seres humanos lo han creado.
Por su parte, el derecho natural es el derecho (conjunto de normas, principios, instituciones) que no se puede comprobar a partir de la verificación de ciertos fenómenos, sino que su creación se atribuye a una entidad metafísica, ya sea una divinidad, un grupo de divinidades o la naturaleza (del hombre, de la sociedad, de las cosas).

El ser humano puede llegar al conocimiento del mismo ya no a partir de la identificación de ciertos fenómenos, sino a partir de dos vías: la revelación y el descubrimiento.

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