sábado, 26 de mayo de 2012

INEFICACIA DEL ACTO JURIDICO

La ineficacia del acto jurídico


     En correspondencia con el análisis realizado de las nociones fundamentales del acto jurídico, resulta preciso hacer referencia a la ineficacia de los mismos apartir de un conjunto de conceptos intervinculados con su validez y eficacia.

El acto jurídico es eficaz cuando tiene aptitud para producir los efectos que el sujeto o los sujetos pretenden con el.

La invalidez, sin embargo se produce por la presencia de vicios en la estructura constitutiva del acto jurídico.

Por otra parte, al hablar de ineficacia de los actos jurídicos, entendemos por eso la ausencia o disminución de los efectos propios de dicho acto; es decir, los resultados perseguidos por las partes de manera inmediata al otorgarlo, lo afectado entonces, es la causa fin determinante de la creación del acto.


Siguiendo el criterio de CARIDAD VALDÉS, puede conceptuarse la ineficacia como aquella situación o causa que agrede el acto jurídico y le priva de

producir los efectos o consecuencias previstas por los sujetos que lo realizan para su consolidación y consumación.

Ineficacia por disconformidad con la ley.

La disconformidad con la ley provoca la ineficacia del acto jurídico, esta puede provenir de diferentes supuestos
1) Por la carencia de un elemento esencial para la formación del acto, haciendo a este inexistente desde el punto de vista legal.

2) Por celebrarse el acto violando un mandato o prohibición legal, conduciendo a su nulidad de pleno derecho.

3) Por la existencia de un vicio o defecto en el acto, haciéndolo susceptible de anulación posterior.


4) Por producir el acto una lesión o perjuicio económico a los sujetos

intervinientes en el acto o a terceros, situación de ineficacia denominada

rescisión.
El Código Civil vigente recoge el régimen jurídico de la nulidad, la anulabilidad y la rescisión en su Parte General, resultando aplicables estos preceptos, en tanto sean procedentes, a los contratos y a los testamentos, así como a cualquier otro acto jurídico

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